Com. Soc. 738
La Semana Nacional de Evaluación comenzó en un clima de normalidad
- Se tomarán medidas
determinantes a través de la Contralaría del Estado
- Hay dos vías de acción, administrativa y laboral: Herrera
La mañana
de este 5 de junio el secretario de Educación Pública, Luis Maldonado Venegas
por disposición del gobernador del Estado, Rafael Moreno Valle, giró
instrucciones para que, conforme a la Ley, quienes impidan la aplicación de la
Evaluación Nacional del Logro Académico en Centros Escolares (ENLACE), sean
removidos de sus funciones por entorpecer este proceso educativo.
En este orden de ideas, Maldonado Venegas manifestó
en entrevista: “tenemos instrucciones precisas
de remover inmediatamente a los maestros en caso de que se configure el hecho
de haber obstruido la aplicación de la prueba (ENLACE), porque es falta grave
obstaculizar la prestación del servicio educativo y lo haremos ante la
Contraloría del Estado”, aseveró el titular de la SEP.
Además
comentó que hasta la mañana del segundo día de aplicación de la Evaluación,
todo se ha desarrollado en un clima de normalidad, “que muestra el compromiso
del magisterio poblano con la educación y con los esfuerzos que estamos emprendiendo
para elevar la calidad de la misma”.
Mencionó
que la Semana Nacional de Aplicación de la Prueba Enlace 2012 dio inicio sin
contratiempos mayores en las 4 mil 234 primarias y en 2 mil 136 secundarias
consideradas en este proceso.
Reiteró
el compromiso del gobernador del Estado de incentivar a los alumnos que
obtengan los mejores resultados de la prueba Enlace, otorgándoles computadoras
portátiles.
Por su parte, Jacinto Herrera Rivera, Director
de Asuntos Jurídicos y Laborales de la SEP, explicó que quienes incurran en el
hecho grave de impedir la prueba ENLACE, pueden ser sancionados mediante la vía
administrativa y laboral.
Precisó que en el
caso administrativo se podrían fincar faltas en contra de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
del Estado de Puebla, principalmente en el artículo 50, fracciones I, VI, XIX y
XXI.
Ya que a la letra
este ordenamiento dice en la fracción I de dicho artículo que los servidores
públicos deberán “cumplir con la máxima diligencias el servicio que le sea
encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o
deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un
empleo, cargo o comisión”, además de otros preceptos.
Herrera Rivera
explicó que en materia laboral, los profesores que incurran en faltas al
impedir la aplicación de la prueba ENLACE, también estarían actuando en contra
de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Puebla, que establece en
su artículo 40, las obligaciones de los trabajadores. En este caso se estaría
cometiendo falta a las fracciones I y
III, de este ordenamiento.
Así mismo, en materia
laboral quien incurra en este tipo de acción se encuentra fuera del Reglamento
de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la SEP, de manera
concreta, el director jurídico señaló el artículo 25, fracciones V, VI y X.
Por lo anterior, y en
virtud de salvaguardar los principios de trasparencia, legalidad y evaluación a
las que debe someterse todo funcionario público, la SEP aplicará todo el rigor
de la ley a quien o quienes incurran en la falta grave de impedir la
realización de la prueba ENLACE.
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